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El debate público

Derechos y derechos

José Woldenberg

Reforma

07/07/2016

Algunos lo llaman litigio estratégico. Y en efecto. Se trata de tomar un caso particular de clara o presunta violación al ejercicio de un derecho, que es ejemplo de una realidad más extendida, y exigirlo ante los tribunales. Con ello se defiende a la persona agraviada, se le da visibilidad pública a un asunto que involucra a muchos, se genera un debate, se subrayan responsabilidades, se crea y recrea conocimiento e incluso el caso puede convertirse en un precedente judicial.

Eso hizo el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) con el caso de un derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social al que se le negó, para su hijo, la inscripción en una guardería. Y es que la Ley del IMSS establece en su artículo 201 que «el ramo de guarderías cubre el riesgo de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de la mujer trabajadora, del trabajador viudo o divorciado o de aquél al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, mediante el otorgamiento de las prestaciones establecidas en este capítulo…». Y el 205 dice que «las madres aseguradas, los viudos, divorciados o los que judicialmente conserven la custodia de sus hijos, mientras no contraigan nuevamente matrimonio o se unan en concubinato, tendrán derecho a los servicios de guardería, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos establecidos en esta Ley…». El problema del afectado es que no es viudo ni divorciado, está casado y su mujer no es derechohabiente del IMSS.

Por supuesto, las autoridades del IMSS hicieron una lectura puntual de la ley -además apuntalados por la costumbre-, pero para la familia afectada y para GIRE esas disposiciones resultaban discriminatorias. Un trato para las mujeres, otro para los hombres. Y quien lo paga es el hijo que no puede acceder a una estancia infantil.

El asunto llegó a la Corte y, el 29 de junio, ésta le dio la razón al padre y a GIRE. En el pronunciamiento que GIRE dio a conocer ese mismo día se puede leer que «para la Corte, la Ley Federal del Trabajo, la Ley del IMSS y el reglamento para la prestación de servicios de guardería del IMSS, derivan de un trato diferenciado que resulta discriminatorio por razón de género, pues los principios de igualdad y no discriminación deben apreciarse no solo desde la óptica de la mujer. La sentencia establece que el Estado está obligado a garantizar, a través de la ley, igualdad de condiciones para que ambos padres sean corresponsables en el pleno desarrollo de la familia, velando siempre por el interés superior del menor. Sobre todo, si se toma en cuenta que los niños tienen derecho humano a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral».

Sin duda un precedente importante. Sin duda un logro del trabajador y de GIRE. Sin duda los hombres que demanden el servicio de guarderías del IMSS tendrán una plataforma mejor para alcanzar esa prestación, porque ante una eventual negativa del Instituto podrán tramitar un juicio de amparo. La resolución de la Corte da un vuelco radical a un criterio tradicional que debía revisarse.

Ahora bien, dice el aguafiestas, hay de derechos a derechos. Para el ejercicio de algunos solo se requiere de la no interferencia estatal para hacerlos realidad, por ejemplo, los derechos de libre expresión, de organización, de credo religioso. Pero para el derecho a la atención en guarderías es necesario no solo establecerlo en la ley -por supuesto, importante-, sino crear las condiciones materiales y de capacidades para atender con cuidado y decoro a los niños. Y según información de Reforma (30 de junio), en 2015 existían 1,386 estancias infantiles del IMSS que atendían a 198,765 niños. Se proyectaba que para este año habría 25 mil nuevos lugares, pero en la lista de espera estaban 150 mil. Es decir, se requiere un esfuerzo de inversión en infraestructura física y en la capacitación del personal que debe atender a los infantes.

O para decirlo en otras palabras: qué bueno que el querellante, GIRE y la Corte hicieron lo que hicieron. Ahora hay que crear las condiciones institucionales para que el derecho de los hijos de las madres y padres afiliados al IMSS pueda ser ejercido por todos.